miércoles, 21 de mayo de 2014

España: El TSJ de Galicia censura que se prohibiesen las visitas de los menores con su madre

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su Sentencia de 22 de febrero de 2012, ha resuelto un recurso de casación interpuesto por la madre biológica de unos menores declarados en desamparo criticando duramente la actuación de la entidad pública que suspendió sin causa alguna la relación de la madre con sus hijos.
La madre de los dos menores declarados en situación de desamparo, vio fracasar en las instancias su demanda de cese de la suspensión de la patria potestad y de revocación de dicha declaración, efectuada por resolución de 27 de enero de 2009 de la correspondiente delegada provincial de "igualdade e benestar" (Vicepresidencia de la Xunta de Galicia), en cuya virtud, además de declarar a los menores Olga (nacida el 21 de diciembre de 2004) e Luis Andrés (nacido el 4 de octubre de 2006) en tal situación legal de desamparo asumiendo esa entidad pública (la delegación provincial) su tutela, se acuerda "suspender cautelarmente el derecho" de los padres de los menores "a relacionarse con sus hijos, así como prohibir cualquier clase de relación entre dichos menores y otros parientes allegados".
 En la resolución de tutela pública de 27 de enero de 2009 se acordó "suspender cautelarmente el derecho" de los padres de los menores "a relacionarse con sus hijos" así como "prohibir cualquier clase de relación entre dichos menores y otros parientes o allegados".


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