miércoles, 30 de mayo de 2012

Jueza Gloria Negroni habla sobre proyecto de ley de pensiones alimenticias (entrevista)

Magistrada del Tercer Juzgado de familia de Santiago, Gloria Negroni, participó en el programa Hora 20 de La Red para analizar el proyecto de ley presentado por el gobierno que busca hacer más eficiente el actual sistema y garantizar el pago de alimentos.

 

lunes, 28 de mayo de 2012

Corte Constitucional de Colombia dictó sentencia permitiendo la adopción a un padre homosexual

En el marco de una acción de tutela, la Corte Constitucional de Colombia dictó sentencia ordenando la entrega definitiva de la custodia de dos niños a su padre adoptivo –un ciudadano norteamericano, periodista, ex crítico de perfumes para The New York Times– a quien, una vez concretados los trámites del proceso de adopción, vio obstaculizado el ejercicio de sus derechos como padre, por la sola razón, sostuvo, de su condición sexual.

En su demanda, el recurrente de tutela expresó que tras la culminación de los trámites administrativos de la adopción, un juez de familia profirió la sentencia correspondiente en la que declaró su calidad de padre de los dos niños adoptados. Luego de lo cual –y a fin de agradecer a los funcionarios que participaron del proceso de adopción– se dirigió al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): lugar en el que mantuvo una conversación informal, sin traductor, con la Subdirectora de Adopciones de la entidad, en la que “(…) manifestó su inquietud por el temor que existe en Colombia frente a la adopción por parte de personas homosexuales y dio a entender que siendo él un hombre gay, nunca fue considerado no apto para adoptar”.  Asegura que debido a este comentario, la funcionaria le preguntó si tenía pareja, pregunta que respondió afirmativamente. Momento a partir del cual, adujo el requirente, comenzó a sufrir una serie de trabas para ejercer sus derechos como padre, al punto que, al tiempo de presentar la tutela, podía contactarse con los niños únicamente por medios virtuales, producto de las restricciones impuestas por el ICBF –como la de restablecimiento en los derechos de los niños, separándolos del recurrente, y trasladándolos a un hogar sustituto–, que fueron posteriormente confirmadas por la justicia ordinaria de Colombia.
Lo expuesto, a juicio del recurrente, vulneró sus derechos fundamentales a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y al debido proceso, así como el desconocimiento de los derechos de los niños a tener una familia y a no ser separados de ella, y a no ser discriminados por su origen familiar. En su sentencia, la Magistratura Colombiana –con base en el art. artículo 12 de la Convención sobre los derechos del niño– recordó especialmente el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser oídos y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta, especialmente en los procesos administrativos y judiciales, de tal forma que, manifestó, este derecho conlleva la obligación del Estado de garantizar espacios dentro de los procesos judiciales y administrativos para que puedan ejercer su derecho de forma libre, así como la obligación de las autoridades de efectivamente oír las opiniones y preocupaciones de los niños, valorarlas según su grado de madurez y tenerlas en cuenta a la hora de tomar decisiones que les conciernan.

Así, la Corte Constitucional advierte que los profesionales de las áreas de sicología y trabajo social del ICBF nunca afirmaron que la posible amenaza a los derechos de los niños derivara del hecho de que el demandante, en el trámite de la adopción, no hubiera informado sobre su orientación sexual. Por el contrario, varios profesionales coincidieron en que los niños estaban afectados emocionalmente al momento de inicio del proceso como consecuencia de (i) su separación del recurrente y (ii) la suspensión del viaje a Estados Unidos. A esto agregaron que las posibles consecuencias del proceso penal podrían empeorar la situación.
A continuación, el fallo indicó que la Defensora de Familia, en el proceso de restablecimiento de derechos, no garantizó el derecho de los niños a ser oídos ni tomó en cuenta sus opiniones.
Por el contrario, pese a que los niños de forma reiterada manifestaron su deseo de vivir con el recurrente y no ser separados de él, la Defensora nunca consideró la opinión de los niños y ordenó, además de la ubicación de los niños en hogar sustituto, que sus contactos con el recurrente fueran suspendidos progresivamente. Decisiones de la Defensora de Familia que la Corte Constitucional consideró carentes de proporcionalidad.
De esa forma, el fallo concluye que al adelantar el proceso de restablecimiento de los derechos de los niños y ubicarlos en hogar sustituto como medida de restablecimiento, se desconocieron sus derechos fundamentales y los de su padre adoptivo, al debido proceso y a la unidad familiar, toda vez que (i) el ICBF no logró demostrar que efectivamente existía una amenaza sobre la “salud emocional de los niños” en el momento en el que la Defensora dio inicio al procedimiento y los ubicó en hogar sustituto; (ii) aunque eventualmente se concluyera que sí existía una amenaza, el ICBF tampoco probó que existiera un nexo causal entre la falta de información sobre la orientación sexual del recurrente en el proceso de adopción y dicho riesgo.
Por el contrario, la amenaza, en concepto de los profesionales del propio ICBF, devino de (a) las consecuencias que podría traer la denuncia penal formulada contra el recurrente, (b) la separación de los niños del recurrente y (c) la interrupción de su viaje a Estados Unidos, es decir, la amenaza no era imputable –a juicio de los sicólogos y trabajadores sociales del ICBF– a la falta de información sobre la orientación sexual del recurrente; (iii) la entidad tampoco demostró que la amenaza fuera de tal magnitud que ameritara una medida tan drástica como la separación de los niños de su padre y su ubicación en hogar sustituto; y (iv) que la Defensora de Familia no tuvo en cuenta la opinión de los niños cuando decidió ubicarlos nuevamente en hogar sustituto. Razones anteriores en virtud de las cuales la CC de Colombia acogió la tutela a los derechos fundamentales del recurrente, y los niños al debido proceso y a la unidad familiar, y de los niños a ser escuchados y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta, revocando, en consecuencia, los fallos de instancia y, en su lugar, ordenando dejar sin efecto todas las resoluciones dictadas en el marco del proceso de restablecimiento de derechos y ordenando la entrega definitiva de la custodia de los niños al recurrente. 

Vea texto íntegro de la sentencia T-276/12

Fuente: Diarioconstitucional.cl

viernes, 18 de mayo de 2012

Informe judicial sobre niños ingresados a hogares en V Región.

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Después de dos meses de trabajo, en los que se visitaron a 1.831 niños, niñas y adolescentes (NNA) alojados en residencias y familias de acogidas de la Quinta Región, la comisión especial de jueces de Familia logró movilizar a 301 menores de edad, egresando un 70,4% de ellos y trasladando a un 21,3% a lugares más acorde a sus necesidades.

Este es el principal logro alcanzado por la iniciativa que encabeza la magistrada del Segundo Juzgado de Familia de Santiago Mónica Jeldres, y que integran, además, los jueces Alejandra Valencia, del Primer Juzgado de Familia de Santiago; Patricia Rivera Narváez, del Segundo Juzgado de Familia de Santiago; Marcia Quintanilla, del Juzgado de Familia de Valparaíso; Felipe Pulgar Bravo, del Juzgado de Familia de Viña del Mar; Milenka Moreno, del Juzgado de Familia de Quilpué, y Cecilia González Winroth, del Juzgado de Familia de Quillota. El grupo de jueces, mandatado por la Corte Suprema, visitó a todos los niños, niñas y adolescentes en residencias y familias de acogidas de la V Región. Recorrido que se realizó, en una primera etapa, entre el 14 de noviembre y el 9 de diciembre de 2011, y desde el 28 de diciembre de 2011 hasta el 31 de enero de 2012, en una segunda.

El proyecto, denominado “Levantamiento y unificación de información referente a niños, niñas y adolescentes en sistema residencial de la V región’’ y en el que se trabajó en forma conjunta con el Servicio Nacional de Menores ,a través de miembros del Departamento de Protección de Derechos, supervisores técnicos y duplas sicosociales de las residencias, surgió como una respuesta a un problema histórico en la información con la que trabajan aquellos que deben tomar decisiones respecto de los menores y buscaba, principalmente, levantar la información existente de más de 2.000 menores ingresados por los juzgados de Familia y de Letras con competencia en Familia de la V Región. Entre sus principales resultados está el hecho de egresar o movilizar a 301 menores.

El 70,4% fue retirado del sistema para irse a vivir con una familia (biológica, adoptiva o sustitutiva). Además, el 15,5% del total de niños en residencias se encuentra ya en situación de pre egreso; es decir, se encuentran viviendo con su familia o un adulto responsable y significativo, pero con supervisión. Asimismo, la comisión generó un listado de niños agrupados por problemáticas comunes y se establecieron proyectos con UNICEF para realizar estudios específicos para esta población infantil. 

Problemáticas

El trabajo en terreno de los jueces de Familia en la V Región evidenció también una serie de conflictos. Por ejemplo, 105 menores se encuentran con sentencia de susceptibilidad, pero el 88,6% de ellos no tiene enlaces con ningún tipo de familia, “por lo que no se vislumbra la posibilidad real de que su derecho de vivir en familia sea restituido’’, sostiene el informe. En tanto, el 21,3% de los niños visitados se encuentra en situación de abandono, lo que significa que “hay una casi nula posibilidad de intervención para el egreso con una familia o adulto responsable, lo que implica una institucionalidad prolongada’’.

Por último, un 6,42% de los visitados son ya mayores de edad, que aún permanecen en residencias del Sename. “Es importante resaltar a este universo, toda vez que implica que se invierte en ellos recursos destinados a la población menor de edad’’ concluye la comisión. Además, la comisión trabajó internamente en los tribunales de Familia, logrando universalizar el uso correcto de nomenclaturas, asociar un Rol Interno de Tramitación (RIT) a cada causa, perfeccionamiento de las fichas individuales, levantamiento de desarrollos informáticos de interconexión, entre otros.

Fuente: poderjudicial.cl


lunes, 14 de mayo de 2012

Nota hoy en La Tercera: Se duplican hogares cerrados por el Sename debido a deficiencias en su funcionamiento

por Jorge Poblete y Elizabeth Pérez

"Entre 2010 y 2011 aumentaron en un 106,3% las residencias a las que el Sename cortó el financiamiento por una evaluación insatisfactoria.

En calle Balmes, en la parte alta del cerro Cordillera y a metros de una iglesia abandonada está la antigua casa de dos pisos donde hasta hace unos meses funcionó el Hogar de Niñitas María Goretti. Hasta 42 jóvenes, de entre seis y 18 años, llegaron a vivir en la residencia de Valparaíso, cerrada por un acuerdo bilateral entre el Servicio Nacional de Menores (Sename) y la organización. El motivo: problemas económicos y deficiencias en la infraestructura del recinto. “Exigieron mejorar baños, dormitorios y la infraestructura. Era una inversión de más o menos $ 40 millones, que no estaba, y la propiedad era un comodato del Refugio de Cristo”, dice Palmenia Durán Fuentes, quien fue tía de la residencia de tres dormitorios, que en febrero terminó su convenio con el gobierno. Tras el cierre, las menores -provenientes de Valparaíso, Casablanca y Quilpué- fueron derivadas a otros centros para su protección. Hoy, Durán es la única residente, hasta que en junio devuelvan la propiedad.

El caso de este hogar es reflejo de una situación que afecta a una parte importante de las residencias que reciben aportes del Sename. Se trata de un problema que preocupa tanto al gobierno, como a las fundaciones. También a la Iglesia Católica, ya que más del 50% de las entidades tiene vínculos con ésta (ver recuadro). De acuerdo a cifras del Sename, entre 2010 y 2011, los cierres asociados a deficiencias en las residencias aumentaron a más del doble: un 106,3% (al pasar de 16 a 33 casos). Estos cierres se sumaron a las cancelaciones unilaterales de las entidades, principalmente por motivos económicos. El aumento total de cierres en este lapso fue de un 85,4% (de 41 a 76 casos).

Esta situación ha continuado en 2012: entre enero y marzo han terminado su vínculo con el Sename un total de 15 entidades. De acuerdo al catastro, en 2011 había 281 hogares que prestaban atención a 11.043 jóvenes y niños. De estas 281 residencias, 33 terminaron de recibir aportes del servicio por fallas vinculadas con su operación o infraestructura. Es decir, un 11,7% del total. Si se consideran también los cierres unilaterales por parte de las instituciones y los casos en que legalmente los convenios no se podían prorrogar, la cancelación llegó a un 27% del total (76 casos). En 2010, los hogares registrados fueron 284. De éstos, el Sename canceló, por mala operación, los aportes de 16 casos (un 5,6%). El total de residencias cerradas ese año fueron 41 ( un 14,4% del total). Al observar las clausuras más atrás se obtiene que en 2009 las residencias cerradas fueron 13. En 2008: 18. 

Subvenciones
El director del Sename, Rolando Melo, afirma que las fiscalizaciones son una de las explicaciones de los cierres. Para esto, el Sename cuenta con 166 personas en el país: 60 supervisores financieros y 91 supervisores técnicos, además de 15 coordinadores. A los controles del Sename se suman los de los Juzgados de Familia.

La Subsecretaría de Justicia también implementó un plan de fiscalización basada en comisiones interinstitucionales (Cisc). A la fiscalización, dice Melo, se suma “la subvención, que no cubre el total del gasto real que debe realizarse para satisfacer las necesidades de los niños”, por lo que las entidades buscan financiamiento externo. Añade que, “en algunos casos, las fundaciones dicen que es imposible seguir y llegamos a términos de común acuerdo”.

Melo plantea que en un estudio de este año de la consultora Focus se precisa que la subvención base de residencias para el 2012 corresponde a $ 120.211 por menor al mes. En el mismo documento se sostiene que la subvención base ideal es de $ 204.755. Agrega que a esta base se le asignan incrementos por ubicación del hogar, edades de los niños, complejidad de los casos y otros.
Melo plantea que para contribuir a subsanar esta situación “pedimos un aumento de presupuesto y seguiremos aumentándolo de manera progresiva”. Mientras, dice, están reubicando a menores en otros centros. Asegura, sin embargo, que la situación no ha llegado a un punto crítico."

Fuente: La Tercera

miércoles, 25 de abril de 2012

Reunión con Dawn Post, Co Directora del Centro de Derechos del Niño, de Brooklyn, Nueva York


El pasado 9 de abril, con el fin de proponer y analizar nuevas medidas de protección para niños, niñas y adolescentes, es que Fundación Pro Bono junto a Daniela Horvitz organizaron una reunión a la que estuvieron convocados diversos representantes de la comunidad legal y de organismos vinculados al tema.
El objetivo fue abrir un espacio en que se pudiera intercambiar experiencias y opiniones sobre la materia. “Hacia un nuevo enfoque de protección de niños y niñas en situación de vulnerabilidad”, fue el nombre de la actividad, la que se llevó a cabo el día lunes 9 de abril en el estudio jurídico Morales y Besa.

Expusieron en la ocasión, Marcela Fajardo, Directora Ejecutiva de Fundación Pro Bono, Daniela Horvitz, abogada del estudio Horvitz & Horvitz y Dawn J. Post, Co Directora del Centro de Derechos Infantiles del Co-Distrito de Brooklyn, Nueva York.

Dentro de los asistentes a la jornada, se contó con la presencia de Rolando Melo, Director Nacional del Servicio Nacional de Menores (Sename), Francisco Estrada, ex Director del mismo organismo, Marianela Villarroel, Presidenta de la Asociación de Abogados de Familia AAF —quien asistió junto a otros abogados de la organización—, Karen Hoyuelos, jueza del Centro de Medidas Cautelares, entre otros representantes de estudios jurídicos y organizaciones sociales.

En el encuentro se dio a conocer el Proyecto de Cooperación que está siendo desarrollado por el Poder Judicial de Chile, el Colegio de Abogados de Nueva York, junto a la colaboración de Fundación Pro Bono.

jueves, 5 de abril de 2012

I Seminario Internacional sobre Derecho de Familia



El Estudio Jurídico HORVITZ & HORVITZ ABOGADOS, en conjunto con la Facultad de Derecho de la UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES, tienen el agrado de invitar a Usted al primer "Seminario Internacional de Derecho de Familia".  

La  convicción de que el desarrollo y estudio del Derecho de Familia es esencial en nuestra sociedad actual, han inspirado al estudio jurídico Horvitz & Horvitz y a la facultad de derecho de la Universidad Diego Portales, para organizar el “Primer Seminario  Internacional de Derecho de Familia”.
Para este evento se han convocado a los más destacados exponentes internacionales de Derecho de Familia, para tratar las problemáticas relevantes en la materia.

Los exponentes tienen vasta experiencia  en litigios de familia, siendo actores relevantes en el área en sus respectivos países de origen.
Simon Bruce, de Inglaterra, es socio de uno de los estudios más grande del país, habiendo conseguido variar criterios jurisprudenciales en los Tribunales Ingleses. Dawn Post, Directora del Centro de Derechos Infantiles de Brooklyn, Nueva York, se referirá a la defensoría del niño. Por su parte, Paulo Lins e Silva, con un destacado curriculum, pondrá especial énfasis en la  necesidad de especialización en derecho de familia.  Annemarie Gosling, destacada litigante que basa su práctica especialmente en casos internacionales, depondrá sobre criterios prácticos patrimoniales.

Finalmente los chilenos  Francisco Zarricueta, Gabriela González y la profesora Leonor Etcheberry expondrán todos los aspectos prácticos del secuestro de niños internacional.

lunes, 13 de febrero de 2012

Corte Suprema de México aprueba Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niños

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de México,  presentó la semana pasada el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes, cuyo objetivo es garantizar condiciones mínimas que no pueden faltar cuando un menor se encuentra en un proceso de impartición de justicia, ya sea como víctima, testigo o presunto responsable de un hecho delictivo.

El documento se sustenta en que los menores de 18 años son sujetos plenos de derechos, lo que significa un cambio fundamental en la percepción de la infancia, pasando de la idea del menor como objeto de compasión-represión a la de la infancia-adolescencia como sujetos plenos de derechos, indica el documento, el cual presupone que dicho sector de la población tiene en todo momento su capacidad jurídica. De esta manera, la incapacidad jurídica de niños y jóvenes sólo podrá ser acreditada por profesionales especializados y con pruebas objetivas.

El protocolo es importante porque va en contrasentido de varias leyes, como el Código Civil Federal, señala el texto, el cual consigna que la reciente reforma constitucional en materia de derechos humanos coloca los tratados internacionales por encima de las leyes locales. Al dar a conocer el documento, en ceremonia realizada en la sede del máximo tribunal –a la que asistió Susana Sottoli, de la oficina en México del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef)–, el presidente de la SCJN, Juan N. Silva Meza, señaló que este instrumento tiene la intención de auxiliar a los jueces que llevan asuntos relacionados con menores de edad, para que realicen su labor desde una perspectiva apegada a las mejores prácticas internacionales y al marco legal vigente en el país. Advirtió que la reforma constitucional en materia de derechos humanos nos obliga a revisar la forma en que nos relacionamos con los menores de 18 años que por alguna razón forman parte de un proceso penal. Por ello –dijo–, el protocolo será difundido ampliamente entre los jueces federales y locales para que lo tomen en cuenta en los casos que involucren a menores.
Por su parte, Sottoli señaló que son perfectibles las cifras dadas a conocer por el gobierno mexicano sobre los niños y adolescentes víctimas o involucrados en hechos delictivos. Dijo que espera que en los próximos meses se realice una evaluación del Protocolo de operación en casos de menores de edad involucrados en actos del crimen organizado, firmado hace meses por las autoridades mexicanas y el Unicef, para evaluar sus resultados en relación con los menores víctimas, testigos o presuntos responsables de hechos que tienen que ver con el hampa.

Los conceptos fundamentales contenidos en el protocolo, los cuales se espera sean respetados por los tribunales federales y estatales, son: interés superior del niño; no discriminación, trato con respeto y sensibilidad, protección a la intimidad y a la no publicidad, derecho a no participar (según su edad, madurez y evolución de su capacidad) en determinadas audiencias. También, derecho del menor a ser informado y asistido, que su testimonio no se considere carente de credibilidad, que se le realice una prueba de capacidad para determinar su grado de desarrollo y madurez. Respecto al testimonio del menor, la autoridad judicial deberá tomar medidas para facilitar el testimonio, que el procedimiento de éste sea en un lenguaje sencillo y comprensible, y en caso necesario se cuente con intérprete y en presencia de personal capacitado.
Por otra parte, se plantea que los juzgadores resguarden la identidad del menor y rinda su testimonio en las mejores condiciones posibles, para lo cual podrá hacer que el niño declare detrás de una pantalla opaca, con métodos de alteración de voz, y que antes de la audiencia reciba el interrogatorio mediante grabación en video. Las audiencias deberán durar lo menos posible y el menor no deberá esperar el desahogo de otras diligencias. Además, debe recibir atención especial en la realización de pruebas periciales para evitar su repetición innecesaria, entre otras medidas.

CS México: Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes.-
La opinión de UNICEF México acá.

martes, 20 de diciembre de 2011

Tiempo para celebrar: Nuevo Protocolo Facultativo a la Convención de Derechos del Niño sobre un procedimiento para comunicaciones

Ayer lunes la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó el texto de un nuevo tratado internacional de derechos humanos de la niñez. Dejo el comunicado oficial del grupo de trabajo de ONG's que hizo posible este logro.

"Con este nuevo Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos del Niño relativo a "comunicaciones" o a un procedimiento de quejas, la comunidad internacional ha puesto efectivamente los derechos de los niños en igualdad de condiciones con los demás derechos humanos y reconoció que los niños, niñas y adolescentes también tienen el derecho a apelar a un mecanismo internacional, al igual que los adultos.

Ahora los niños, niñas y adolescentes que son víctimas de abusos y violaciones a sus derechos humanos, tendrán la posibilidad de presentar una queja ante el Comité de Expertos Internacionales, el Comité de Derechos del Niño de la ONU (el Comité), si no han logrado obtener las respuestas legales necesarias a estas violaciones en sus países.

Hoy celebramos el histórico paso adelante que se ha hecho para la protección de los niños, niñas y adolescentes y sus derechos humanos. Esto no habría sido posible sin el compromiso constante e incansable y la dedicación de todos los actores involucrados. En particular, queremos reconocer y agradecer al Grupo Central de Estados que ha liderado el proceso y el gran número de Estados de todas las regiones, que han apoyado la creación de este nuevo Protocolo.

También queremos agradecer a todos los involucrados por su participación constructiva y felicitar al Presidente del Grupo de Trabajo por su compromiso para hacer de este nuevo instrumento una realidad.

Hacemos un llamado a todos los Estados para iniciar las discusiones y los procesos nacionales en vista de la ratificación del nuevo Protocolo Facultativo tan pronto como sea posible, y les instamos a firmar el nuevo Protocolo Facultativo en la ceremonia oficial de firma que se celebrará en el 2012, para demostrar así su compromiso con la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Invitamos a todas las organizaciones interesadas a unirse a nuestra campaña de ratificación internacional para el nuevo Protocolo Facultativo."



Declaración de Marta Santos

lunes, 19 de diciembre de 2011

Facultad de Derecho UC premió a ganadores del Concurso Revista Chilena de Derecho 2011. Artículo sobre La sustitución de la pena juvenil, de mi autoría, ganó en categoría Derecho Penal.


El 13 de diciembre, en el salón Aquiles Portaluppi de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, se realizó la premiación del Concurso Revista Chilena de Derecho 2011, iniciativa que busca fomentar la publicación y el desarrollo de investigaciones de conocimiento científico-jurídico poco tratadas por el medio nacional.
El concurso premió a tres investigaciones jurídicas en las especialidades de Derecho Penal, Derecho Internacional – Público y Privado- y Derecho Comercial y Análisis Económico del Derecho. Luego de meses de análisis y selección por parte del jurado del concurso, compuesto por los docentes de Derecho UC Hernán Salinas, Raúl Novoa y Alex Van Weezel, el galardón al reconocimiento a la investigación jurídica especializada en Derecho Comercial recayó en el abogado Fernando Fernández, con su estudio “El Requisito de la No Obviedad en el Derecho de Patentes Chileno: Una Valorización Crítica”.

El reconocimiento a la investigación jurídica especializada en Derecho Penal recayó en el abogado Francisco J. Estrada, con su publicación “La Sustitución de Pena en el Derecho Penal Juvenil Chileno”. 

Finalmente, el premio a la investigación jurídica especializada en Derecho Internacional recayó en la abogada Ana María Muore, con su artículo titulado “La Figura del Defensor del Pueblo en el Marco de la Unión Europea”.

Durante la ceremonia de premiación, encabezada por el Decano de la Facultad de Derecho UC, Roberto Guerrero, y la Directora de la publicación, Ángela Vivanco, se hizo entrega a los ganadores de un galardón, junto con la asignación en dinero correspondiente al premio. El Concurso Revista Chilena de Derecho 2011 se enmarca dentro del proyecto CONICYT FP10014 “Revista Chilena de Derecho: modernización, expansión e incentivo al desarrollo del conocimiento científico-jurídico”.

Agradezco al decano, Roberto Guerrero, a la directora de la revista, la profesora Angela Vivanco, y a su joven y talentoso equipo esta distinción.

sábado, 10 de diciembre de 2011

10 Errores del Anteproyecto de Ley que reorganiza el actual Servicio Nacional de Menores

El ejecutivo discute en estos días un texto de anteproyecto de ley que reorganiza el actual SENAME, creando dos nuevos servicios de atención a la infancia y adolescencia.
Creo que es necesaria una amplia discusión de este documento porque me parece un muy mal proyecto con una serie de errores de diversos tipo, de los que sólo me voy a referir en esta oportunidad a 10. 



Fragmento:
  "10. Los servicios no se miran dentro de un sistema.

De la lectura del anteproyecto y pese a menciones de coordinación interinstitucional, no se concibe que tanto la protección e derechos de niños gravemente vulnerados, como la justicia juvenil con vistas a la responsabilización y reinserción, son dos sistemas. La mirada sistémica es imprescindible para que se produzcan cambios efectivos en los niños, niñas y adolescentes. El rol de los servicios estatales, entonces, no es sólo de actores que reproducen una gestión insular ad intra y entre ellos, sino de actores que, por mandato legal, y no ya por la “sensibilidad”, la “benevolencia” o la “buena onda” de sus autoridades comparten información, coordinan prestaciones, supervisan conjuntamente, establecen metas compartidas. ¿Cómo el aparato estatal va a exigir a los colaboradores énfasis en la complementariedad de las intervenciones si el mismo estado no es capaz de hacerlo?

El abuso sexual infantil, los niños en situación de calle, el abandono y maltrato infantil, los graves casos de severas patologías de salud mental infantil no son posibles de resolver por un servicio público en solitario. La reinserción de jóvenes y la interrupción de sus carreras delictivas, el afianzamiento de procesos de desistimiento no son tareas que ningún servicio público pueda enfrentar con un mínimo éxito sin entender que son tareas de un sistema.
 Nada en el anteproyecto nos hace pensar que el sistema de protección y el sistema de justicia juvenil van a cambiar con los nuevos servicios que aquí se establecen, del momento que el anteproyecto carece de esta mirada sistémica, en las dos (o tres, agrego yo) áreas en que se dividirá el actual SENAME."

Documentos completos:
- ESTRADA (2011). 10 Errores del Anteproyecto de Ley que reorganiza el actual Servicio Nacional de Menores.

- Anteproyecto de ley que reorganiza el actual SENAME, creando dos nuevos servicios de atención a la infancia y adolescencia.

Nuevo: Acá pueden revisar el Borrador del Anteproyecto de Nueva Institucionalidad trabajado por la administración anterior 

lunes, 5 de diciembre de 2011

El Informe MUNRO: Un sistema centrado en el niño

El sistema inglés de protección de niños, un sistema que ha sido un referente para SENAME desde casi una década, ha vivido lamentables tragedias de muertes, abusos y maltratos, que pudieron y debieron haber sido evitados.

El 10 de junio del 2010, el ministro de Educación (la cartera ministerial de la que depende el sistema de protección de niños) anunció que le había solicitado a la destacada profesora del LSE Eileen Munro que dirigiese una completa revisión del sistema. (La carta con los términos de la solicitud puede ser revisada acá), con el foco puesto en fortalecer la profesión del trabajo social, a fin de ponerles en una mejor posición para que formulen juicio bien informados basados en la evidencia y en los mejores intereses del niño (el interés superior) y libres de burocracias y regulaciones innecesarias.

La profesora Munro entregó reportes interinos a comienzos de año y un Informe final en abril del 2011.
Luego de ese informe, se ha desarrollado un proceso de implementación de las recomendaciones Todo ese trabajo puede revisarse en la web armado a tal efecto.

Creo que es necesario estudiar y difundir estos trabajos ya que muchos de los problemas identificados en el sistema británico están ampliamente presentes en nuestro sistema. Una primera lectura del acucioso informe tiene la sorprendente conclusión de que todos los errores presentes hoy en el sistema inglés están, desde mi experiencia, presentes en nuestro sistema.
Hay, además, alcances a la formación y capacitación permanente de los trabajadores sociales que son de gran relevancia para quienes trabajan en la universidades.

Un eje articulador del trabajo de Munro (y presente en otros ya clásicos estudios que ella ha llevado a cabo) es la revisión crítica del proceso de toma de decisiones y argumentación profesional de los operadores del sistema de protección. Creo que esa área ha sido muy poco abordada entre nosotros pero basta la lectura de cualquier expediente proteccional, o de informes psico-sociales para acreditar que es un área muy muy débil de nuestro sistema. De hecho, tengo la impresión que los esfuerzos de mejora de los últimos años han pasado por alto esta área y se han concentrado en los temas de fondo, por así llamarlos, sin provocar el impacto esperado porque las habilidades y prácticas subyacentes no existen.
Me refiero a diagnósticos rígidos, escasa capacidad de comunicación con las redes, hipótesis iniciales que no se revisan a la luz de nuevos antecedentes, sobreintervención, extravío del control de la situación inicial de riesgo, sesgos y prejuicios respecto de determinadas poblaciones, protocolos de intervención que no se cumplen, entre otros problemas.

Una cuestión no menor es cierta práctica inglesa, desconocida entre nosotros, de reaccionar ante estos fracasos del sistema con estudios y reportes técnicos. Por acá, nuestra práctica ininterrumpida discurre por dos vías: el sumario administrativo, que persigue determinar responsabilidades administrativas y que no suele estar a cargo de un técnico, y la investigación judicial,  que persigue responsabilidades penales y, eventualmente, civiles, y que dirige un fiscal y decide un juez, ambos, por cierto, legos en lo técnico.
El trabajo clásico al que aludí supra,  (Munro, (1999). Common errors of reasoning in child protection work) examinó 45 de estas investigaciones efectuadas en Inglaterra entre 1973 y 1994.

MUNRO (2011). The Munro Review of Child Protection. Final Report. A child-centred system.

MUNRO (2011). The Munro Review of Child Protection. Interim Report: The Child’s Journey.

MUNRO (2011). The Munro Review of Child Protection. Interim Report: Part one: A systems analysis.