El
presidente Piñera ha ingresado veto presidencial al Proyecto de ley de
garantías de derechos de la niñez y propone cambios en siete artículos, a
través de vetos aditivos y supresivos, relacionados con el derecho
de los padres o tutores al resguardo de la intimidad e imagen de los hijos, y
con los procedimientos judiciales para asistir al sistema de garantías.
Hay algunos que, en mi opinión, son incorrectos pero inocuos. Así ocurre con el propósito de atenuar el valor del principio de autonomía progresiva en materia de intimidad y derecho a la propia imagen, por cuanto dicho principio cuenta con consagración en el art. 5° de la Convención sobre derechos del niño, la que en virtud del art. 5° inc. 2° de la Constitución cuenta con un nivel supralegal en el ordenamiento jurídico chileno.
Hay otros, en cambio, que son profundamente dañosos y arriesgan producir daño en la situación de la niñez vulnerada. Así corre con la pretendía limitación al derecho a contar con representación jurídica desde el comienzo del procedimiento de protección administrativa o judicial. El Presidente habla de que esto es una burocratización. En verdad, según la jurisprudencia tanto de la Corte Suprema como incluso del Tribunal Constitucional, el derecho a defensa jurídica letrada es un elemento constitutivo del derecho al debido proceso.Dejo aquí el veto que espero sea rechazado en el Congreso.
No hay comentarios:
Publicar un comentario