Corte Suprema, AD 1251-2018, de 27 de marzo de
2019
Ayer, el pleno de la Excma. Corte Suprema ha
aprobado el Acuerdo AD 1251-2018 por el que compromete una serie de acciones bien
definidas, con señalamiento de responsables, en los distintos estamentos y unidades
del poder Judicial de modo de da cumplimiento a la ejecución de las acciones comprometidas por el
Estado de Chile al Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas cuya
implementación corresponde al Poder Judicial.
Es la acción más decidida que conozco desde el
máximo tribunal del país en favor del respeto y garantía de derechos de niños
del sistema proteccional - aunque no se
circunscribe a este segmento-. Queda por delante el monitoreo de estos
compromisos donde espero que se considere formalmente el rol de la sociedad
civil.
"Santiago, veintisiete de marzo de dos mil
diecinueve.
Con la cuenta dada del informe del Comité de Modernización, se aprueba tanto la propuesta de ejecución de las acciones comprometidas por el Estado de Chile al Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas cuya implementación corresponde al Poder Judicial, como la designación de los actores encargados.
En consecuencia, comuníquese a:
1.- Los ministros de Corte de Apelaciones del país encargados de los asuntos
de Familia coordinarán en su jurisdicción con los magistrados con competencia
de familia, los
siguientes compromisos:
I. – que deben ejecutarse en el primer semestre
de 2019:
a) Incorporación de curadores ad litem, para lo cual los jueces deberán procurar, como buena práctica, la
designación de abogados para los niños, niñas y adolescentes tanto en primera
como en segunda instancia, bajo criterios de calidad para su selección y
parámetros de desempeño.
En el desarrollo de este encargo, los ministros
tendrán en cuenta que la obligación del Poder Judicial es de difundir el
programa “Mi Abogado” en su interior u
otro de similar naturaleza.
Para la ejecución del compromiso reseñado, la
Corporación Administrativa del Poder Judicial incorporará el hito “curador ad litem” en el sistema de tramitación para el seguimiento de la designación
de éstos en las causas y la debida evaluación del funcionamiento del sistema,
de acuerdo a parámetros de desempeño
(…)"
Texto completo de la Resolución aquí
No hay comentarios:
Publicar un comentario