El proyecto de ley
de los senadores Aníbal Fernández y Elena Corregido que busca crear un Registro
Nacional de Deudores Alimentarios Morosos, obtuvo media sanción al ser aprobada
por unanimidad en la cámara alta.
Esta norma estará destinada a quienes no cumplan
con el pago de cuotas alimentarias y establece que quien se encuentre en mora
por falta de pago de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas "dejará
habilitada la vía para su anotación en el Registro", que será creado por
el Ejecutivo.
El tribunal o letrado que compruebe la falta,
"deberá comunicarlo al Registro en un plazo de cinco días" y
dicha entidad deberá expedir certificados de deuda "ante requerimiento de
persona física o jurídica, en forma gratuita", según señala la iniciativa.
Además se establece que para que las instituciones
y organismos públicos y privados estén habilitados a tramitar la
apertura de cuentas bancarias o la entrega y renovación de tarjetas de
crédito, deberá presentarse un certificado que documente la inexistencia
de una deuda alimentaria. De la misma forma, deberá presentarse el libre
deuda para los trámites relacionados al pasaporte o la licencia de conducir,
así como para la habilitación de comercios o industrias, la Asignación
Universal por Hijo, concesiones, permisos y licitaciones. Para ver más, haga
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