Ayer realicé
la clase en el Diplomado de la Fundación Henry Dunant sobre derechos del niño
y legislaciones latinoamericanas. Dejo
aquí el ppt de apoyo de la clase.
Transcurridos
más de 25 años desde la aprobación de la Convención Internacional sobre los
Derechos del Niño el panorama a nivel legislativo es promisorio pero
insuficiente.
La casi
totalidad de los países ha modificado sus cuerpos normativos pero un análisis
de estos esfuerzos trasunta alguno de esos rasgos culturales de nuestros
países: una retórica inflamada de altas declaraciones, pocos mecanismos de
exigibilidad, fuerte desconfianza en las instituciones judiciales, y, a la
inversa, gran confianza en la creación de agencias estatales, por mencionar
sólo algunos, resultan ser los caracteres relevantes de este paisaje normativo.
El examen
de estos diecisiete cuerpos legales no permite quedar complacidos respecto de
contar con límites claros y firmes frente a los diferentes poderes estatales
ni, mucho menos, con relación a los poderes de empresas y otros actores con
tanto o más poder en nuestras sociedades.
Lo que, en
cambio, tenemos en abundancia son declaraciones de principios, bien
construidas, expresivas de un amplio consenso internacional, con base en
evidencia de la psicología del desarrollo, de la neurociencia, de la pedagogía
y otras disciplinas, y que procuran
configurar a este nuevo sujeto de derechos en medio de una arquitectura
jurídica a la que esta noción le resulta ajena y desestabilizadora.
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