La Corte Suprema ha hecho pública toda la información
referida al Boletín Nº 2 sobre Sistema Residencial en Chile, donde se detallaban una serie de abusos y maltratos, que fueron objeto de atención en estos días.
"Comunicado:
Teniendo presente
la competencia que el legislador ha entregado a los Tribunales de Familia, los
Jueces de Familia de la Región Metropolitana en coordinación con magistrados
del Centro de Medidas Cautelares de Santiago se abocaron a la tarea de hacer un
catastro actualizado de los menores respecto de los cuales se habían dispuesto
medidas de protección que importaran su internación en hogares de acogida u
otros recintos visitados por los magistrados y que prestan colaboración al
SENAME en esta labor.
Estas tareas se iniciaron el año 2009 y conoció de las ellas la Corporación Administrativa del Poder Judicial a través de su Departamento de Desarrollo Institucional, la cual decidió apoyar con recursos tecnológicos y financieros necesarios para que se continuara con este proyecto, el que concluyó con éxito en la Región Metropolitana.
Advirtiendo la
importancia de lo anterior la Corporación Administrativa del Poder Judicial, en
coordinación con la Unidad de Apoyo a los Tribunales de Familia y los Jueces de
Familia de Santiago, decidió extender esta labor a todo el país. El proyecto en
su primera parte tenía por objeto instalar la metodología utilizada en Santiago
en las localidades de Valparaíso, Antofagasta y Concepción.
Se otorgó
comisión de servicios a magistrados para trasladarse a Valparaíso
en el año 2010, actividad que se mantuvo hasta el año 2012.
En forma
paralela, con la coordinación de la Corporación Administrativa del Poder
Judicial, la Unidad de Apoyo a los Tribunales de Familia y los Jueces de
Familia, se diseñó una plantilla que diera cuenta de la situación en que se
encontraba cada menor respecto del cual se disponía una medida de protección
para hacerle el seguimiento correspondiente por los Tribunales de Familia,
tanto en el marco de los procedimientos que deben adoptarse como de las visitas
dispuestas por el artículo 78 de la ley que crea los Tribunales de Familia.
Esta plantilla se
cargó como una aplicación en el sistema de tramitación de los Tribunales de
Familia SITFA y se comenzó a utilizar a partir de 14 de diciembre de 2011.
Atendido el
interés e importancia de esta materia la Corporación Administrativa del Poder
Judicial, por medio de su Departamento de Desarrollo Institucional y su Consejo
Superior, otorgó los recursos tecnológicos y económicos necesarios.
La Corte Suprema
tomó conocimiento de la labor realizada y adoptó el acuerdo de instruir
expresamente a los tribunales en el sentido de dar atención preferente a esta
materia y remitió a cada Corte de Apelaciones una nómina actualizada del
catastro levantado.
La Unidad de
Apoyo a los Tribunales de Familia de la Corte Suprema instaló una mesa de
trabajo permanente para evaluar la información levantada para definir los
cursos de acción a seguir, marco en el cual se adoptaron tales acciones.
Coincidiendo con
la relevancia del tema, la UNICEF invitó a la Corte Suprema a participar
en seminarios relativos al tema y propuso la firma de un convenio para
formalizar los mutuos esfuerzos que se estaban desarrollando en esta materia.
Producto de lo anterior se suscriben acuerdos con UNICEF los años
2008, 2010 y 2012, los que tenían por objeto mantener una relación permanente
de cooperación e información para perfeccionar el respeto, la protección y
promoción de los derechos de los niños, en virtud del cual la Corte Suprema
facilitará acceso a la base de datos de los Tribunales de Familia.
Siempre por la
importancia y atención preferente que debe otorgarse a niños, niñas y
adolescentes en situación de vulneración de derechos, el Poder Judicial invitó
al SENAME a suscribir un convenio para acceder a la información que mutuamente
pudiera ser relevante en el cumplimiento de sus tareas específicas. Es así como
con fecha 11 de diciembre de 2007 se suscribió un convenio con el SENAME, con
el objetivo de intercambiar y compartir información relevante atingente a las
funciones específicas de cada una de las Instituciones.
En este marco
global se recibió el Boletín N° 1 de UNICEF, ya publicado, que en síntesis
atiende a la situación de los menores en ese momento.
Como continuación
de todas estas labores se recibió un proyecto de Boletín N° 2 elaborado por
UNICEF y por una jueza que ya había renunciado al encargo con anterioridad. En
atención a los términos del artículo 2 letra f) de dicho Convenio, el Poder
Judicial, para dar cuenta de tal documento de trabajo y estimando necesario
averiguar la metodología y procedimientos utilizados para sustentar las
afirmaciones efectuadas, realizó una actividad con los Tribunales de Familia.
Fue así como se recibieron diversas apreciaciones vertidas verbalmente por
Jueces de Familia de Santiago y un antecedente emitido por Consejeros Técnicos.
Entendiendo que
la situación ameritaba efectuar un informe integrado que diera cuenta de todas
estas acciones, se puso en conocimiento de la situación al señor Presidente de
la Corte Suprema, de lo que ahora se ha dado cuenta al Tribunal Pleno.
El informe
integrado se encuentra en elaboración y se dará a conocer en fecha próxima. Sin
perjuicio de lo anterior se ha creído conveniente aclarar lo ocurrido y poner a
disposición de la opinión pública todos y cada uno de los antecedentes a que se
ha hecho referencia y que a continuación se enumeran:
-Boletín N° 2 El
sistema residencial en Chile. Análisis de casos: Aldeas Infantil SOS.
- Informe
Cuestionario Arica
-Punto III Acta
del N° 396 del Consejo Superior de la Corporación Administrativa del Poder
Judicial.
Se previene que
los Ministros señores Segura y Dolmestch fueron de opinión de no dar
publicidad, por ahora, al “Boletín N° 2. El sistema residencial en Chile
Análisis de casos: Aldeas Infantil SOS” y el Informe Consejeras Técnicas
señoras Marcela Glaves Bustos y Patricia Fernández González, en tanto no se
concluya el informe integrado a que se refiere el presente comunicado.
Se previene,
asimismo, que los Ministros señores Juica y Blanco y suplente señor
Escobar estuvieron por hacer pública de inmediato toda la información
relacionada con el Boletín N° 2 que ha dado lugar a la controversia que se ha
suscitado con motivo de dicho documento, por lo que hacer comunicado sobre la
cuestión resulta en este momento extemporáneo e inconducente, en atención a que
el asunto ha sido puesto en conocimiento del Ministerio Público y es probable
que sea judicializado penalmente."
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