4 tesis sobre el rol del abogado de niño
Francisco Estrada V.
Abogado, Director Ejecutivo Corporación INFAJUS
Ponencia en Seminario “Representación jurídica: Hacia una Defensa Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes”. Panel “El rol del abogado del niño como evolución de la figura del curador ad litem: desafíos para la política pública”
Santiago, 25 de agosto de 2018
Agradecimientos a Ministerio de
Justicia.
En
esta oportunidad hablo desde mi experiencia de 10 años en la Unidad Jurídica
del Hogar de Cristo en la defensa de niños presos, en una época donde no
existía distinción entre niños infractores y niños vulnerados en sus derechos.
Y también hablo desde mi rol de director ejecutivo de INFAJUS (Infancia,
Familia y Justicia), una Corporación constituida al alero de la Mesa Técnica de
Infancia de la Fundación San Carlos de Maipo -institución que apoya este
piloto- con el objetivo de proporcionar defensa jurídica a niños y niñas
internados.
El
piloto que hemos configurado busca prestar servicios de representación jurídica
a un número acotado de casos y modelar una práctica de asistencia jurídica hoy
escasa en el país, inexistente hasta la creación del Programa de defensa
jurídica que hoy desarrollan las Corporaciones de Asistencia Judicial y ue hoy
pasa a denominarse en todo el país “Mi Abogado”. Entendemos que las destrezas
necesarias para esta labor requieren una comprensión más bien sistémica que insular
de la gestión jurídica, una aproximación a la litigación que releve el trabajo
interdisciplinario y que valore por parte de los abogados el manejo de ciertas
competencias y destrezas no tematizadas en las actuales experiencias públicas y
privadas. Nos referimos a competencias prioritarias sobre lo propiamente
jurídico como destreza en entrevista de niños, niñas y adolescentes, en
entrevistas con familias multiproblemáticas y en entrevistas con profesionales
psicosociales, habilidad para la lectura de informes psicosociales y manejo de
nociones básicas de procesos de intervención con niños y familias del sistema
de protección. Y todo esto, desde un enfoque o perspectiva de las fortalezas y
recursos del niño y su familia y entorno más que en sus evidentes problemas.
Todo esto para poder aportar al escenario de litigación la información que
permita adoptar la decisión más idónea para el niño o niña. Hemos comenzado con
la atención de un grupo de niños del Hogar Padre Semería y hemos abierto un
número reducido de cupos para causas que se inicien sobre susceptibilidad de
adopción de niños internados.
(...)
Ponencia
completa acá en SCRIBD
1 comentario:
Estimado, interesante punto de vista, sin embargo, vago e impreciso. Es una lucha constante con Tribunales ejercer el derecho del niño a ser oído, tras largos conatos la curadora que suscribe ha podido entrar como observadora a salas Gesell, precisamente en post del cumplimiento del derecho del niño de ser oído. Al contrario de lo que ud. expresa, no siempre es posible realizar entrevista con niños, no porque se ignore, sino por el daño que pudiera provocar una entrevista, recordar un episodio no siempre resulta grato para nuestros defendidos.Nada dice ud. respecto de la sobreintervención, nada señala de la victimización secundaria, claramente las destrezas del abogado de Familia está asociado necesariamente al área social. En su exposición no hace diferencia en un Curador Penal a un Curador Tribunales de Familia, quienes si bien jurídicamente no tienen diferencia, en la práctica son diametralmente opuestos. Generaliza en el rol que realiza el Curador, sin considerar, largas jornadas de entrevistas que se sostienen con padres, niños, consejeros técnicos, sería interesante que pudiese tener una opinión desde terreno.
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