miércoles, 5 de marzo de 2014

Lozano v. Alvarez: SCOTUS falló hoy contra padre que pedía restitución de niña

La Corte Suprema de EE.UU. ha fallado hoy rechazando la solicitud de restitución de su hija -bajo los términos de la Convención Internacional de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción de menores- por un padre en Reino Unido por demorar más de un año la solicitud, en Lozano v. Alvarez.
La Convención de La Haya, por lo general, requiere el regreso de los niños que son secuestrados y llevados a otros países si un padre solicita el regreso del niño dentro del período de un año. La convención también establece que, cuando una solicitud de restitución se rinde después del período de un año, los tribunales ordenarán la restitución del niño, “a menos que se haya demostrado que éste se ha integrado a su nuevo medio.” [Artículo 12]

Manuel José Lozano había argumentado que la fecha límite, que forma parte de un tratado internacional, debía  ser sujeta a una interrupción por razones de equidad, ya que él  no sabía la ubicación de su hija luego de que ella fue secuestrada por su madre. En un fallo unánime, entregado por el juez Clarence Thomas, la Corte Suprema de EE.UU. (SCOTUS, por sus siglas en inglés) no estuvo de acuerdo, encontrando que el plazo de un año no se podría extender para dar cuenta del tiempo que el niño se ocultó a Lozano. Los redactores del tratado podrían haber especificado que el período de un año empieza a contar a partir del descubrimiento del niño secuestrado, pero no lo hicieron, Thomas dice: "Dado que los redactores no adoptaron esa alternativa, la consecuencia natural es que no tenían la intención del ampliar el plazo de un año para comenzar más tarde", dijo Thomas.
El juez Samuel Alito Jr. A. escribió en un voto concurrente que los tribunales cuentan con discreción en equidad para ordenar la restitución de un niño, incluso después de que el niño se ha integrado. Fue acompañado en esto por los jueces Stephen Breyer y Sonia G. Sotomayor.

En el caso, la madre del niño, Diana Lucia Montoya Alvarez, llevó a su hija, de entonces 3 años, a los Estados Unidos en julio de 2009. En una audiencia en un tribunal federal, Montoya Alvarez declaró abuso físico y emocional por Lozano. El tribunal encontró pruebas insuficientes para establecer conclusiones acerca de la violencia doméstica o el abuso físico del niño, pero sí encontró que la niña había oído a sus padres discutiendo. Un terapeuta que vió a la niña en Nueva York declaró que en un primer momento la chica estaba retraída y que se orinaba, pero que era una niña completamente diferente seis meses después.

El caso lo han llamado Lozano v. Alvarez (aunque los lectores de habla castellana notamos que la madre se llama Moyano Alvarez, no Alvarez, gringos) 

La transcripción de los alegatos en la Corte puede revisarse aquí.  
Más sobre este discutible fallo en Scotus Blog, en el Huffingtony en Supreme Court Review. 



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