sábado, 7 de febrero de 2015

Proyecto de ley de aborto y menores de edad. Mi columna en El Quinto Poder.

El ejecutivo envió a discusión parlamentaria un proyecto de ley que legaliza diversas figuras de aborto. Estas líneas comentan críticamente cuatro aspectos de esta regulación en lo que concierne a los derechos de niñas y adolescentes. Esta columna apoya el derecho de las mujeres a abortar, dentro de un primer período de tiempo, pero no es el propósito de esta columna fundamentar esta posición sino sólo llamar la atención sucintamente sobre cuatro aspectos problemáticos del proyecto de ley del ejecutivo a la espera de desarrollar estos comentarios durante el debate que se abrirá en marzo.

Lo primero es valorar el reconocimiento que el proyecto realiza respecto de niñas y adolescentes. Mi foco principal de atención son aquellas que he conocido profesionalmente y que son niñas vulneradas en sus derechos, en explotación sexual y comercial, realizando vida de calle, abandonadas o maltratadas por sus padres. Ellas difícilmente cuentan con un apoyo adulto y el proyecto en este punto es consistente con el principio de autonomía progresiva contenido en la Convención de derechos del niño al reconocerles el derecho a interrumpir su embarazo.
Los cuatro aspectos que creo necesitan ser revisados son los siguientes:
1. A falta de autorización, dice el proyecto para el caso de la menor de 14 años, “asistida de un integrante del equipo de salud, podrá solicitar la intervención del tribunal de familia.” ¿Un integrante del equipo de salud? ¿En quién está pensando el proyecto? ¿En la matrona? ¿Un estudiante haciendo su internado? ¿Algún ayudante? ¿El abogado del hospital? ¿Existe personal capacitado para esta tarea? ¿Qué ocurre si el equipo de salud no quiere “asistir” a la niña? ¿Puede ella por sí sola impetrar el auxilio de la judicatura de familia?
La expresión “asistida” introduce todas estas inquietudes.
2. Comunicación al juzgado de familia.
Dos problemas presenta esta comunicación. La primera es el reducido plazo: 48 horas. Es bueno recordar que los juzgados de familia no funcionan los domingos y que si no se regula con cuidado y realismo, esta norma puede resultar en contra de la niña.
La segunda cuestión que surge de la comunicación está en su forma. ¿Cómo se hace esa comunicación en horario que no es audiencia? ¿Los juzgados de familia van a habilitar un turno por mail? ¿Se va a formalizar el turno telefónico en todo el país?
3. La autorización por parte del tribunal de familia se hará, dice el proyecto, en un “procedimiento verbal sin forma de juicio”. Este es el principal problema. Regular un procedimiento no es una cuestión baladí a resolver en una frase. O se echa mano a alguno de los procedimientos existentes en justicia de familia (proteccional o voluntario), o se crea uno nuevo. Es importante tanto que exista posibilidad de asistencia letrada para la adolescente como la explícita posibilidad de recurrir la resolución. El Comité de Derechos del Niño ha considerado que el derecho al recurso es parte constitutiva del derecho a ser oído.
4. Poder del médico y del equipo de salud.
El proyecto entrega un considerable peso, en ausencia del representante legal al médico y al equipo de salud. El problema es que diversas prácticas que hemos conocido por años han persistido en un tratamiento a la niña y adolescente no como sujeto de derechos sino como objeto de la benevolencia, del reproche oral o religioso. El Minsal, en conjunto con Unicef ha desplegado una serie de capacitaciones a lo largo del país justamente en la línea de fortalecer el enfoque de derechos en el sistema de salud. Pero existen aún profesionales en el sistema de salud que no tratan a los menores de edad como sujetos de derechos. El proyecto debe asumir esa realidad, no negarla y estatuir algún proceso de reclamación contra decisiones adultas que menoscaben derechos de la niña o adolescente.
El proyecto requiere mejorar su relación con el sistema de justicia so riesgo de generar serios problemas en el ejercicio de los derechos que pretende reconocer.

Link al proyecto de ley del ejecutivo aquí.



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