Lunes 01 de julio de 2013
Fallo de la
Corte Suprema de EE.UU.
Señor Director
En carta del sábado 29
de junio, los señores
Alvarado y Henríquez intentan tapar el sol con un dedo diciendo que la mayoría
de la Corte Suprema de los EE.UU. no habría declarado la constitucionalidad del
matrimonio igualitario. Incluso, en un intento de devaluar la importancia del
fallo, ponen énfasis en que la votación fue 5 a 4, cuando son muchos los casos
de la Corte que se deciden por ese margen de votación. Por último, pretenden
relativizar la sentencia al decir que la sección 2 de DOMA (Acta de defensa del
matrimonio) no fue declarada inconstitucional. Una obviedad, porque jamás fue
cuestionada. Fue la sección 3 la puesta en entredicho, aquella que establecía
el matrimonio como "una unión legal entre un hombre y una mujer" y
que "cónyuge se refiere solo a una persona del sexo opuesto".
Tienen razón Alvarado y Henríquez cuando dicen que la Corte entrega la definición de matrimonio a los estados y no al gobierno federal como lo hacía la ley DOMA. Sin embargo, concluir que los estados podrán definir el matrimonio de una forma que excluya a uniones entre personas del mismo sexo es no comprender el alcance del siguiente párrafo de la sentencia, redactado por el juez Kennedy, no particularmente liberal y muchas veces el voto "balancín" de la Corte: "DOMA corroe el significado, tanto público como privado, de matrimonios igualitarios reconocidos por los estados, pues les dice a esas parejas, y a todo el mundo, que aquellas uniones, válidas en otras circunstancias, no son dignas de reconocimiento federal. Ello coloca a las parejas del mismo sexo en una situación de inestabilidad por estar en matrimonios de segunda clase. Esa diferenciación degrada a las parejas -y aquí viene lo importante-, cuya elección moral y sexual la Constitución protege". El párrafo sigue con una frase de una sensibilidad y belleza que debiera ser capaz de conmover a los detractores del matrimonio igualitario: "La diferenciación de DOMA humilla a decenas de miles de niños que están siendo criados por parejas del mismo sexo. La ley cuestionada les hace más difícil entender a los niños la integridad y cercanía de sus propias familias y su relación con otras familias en la comunidad y en su vida diaria".
No cabe duda de que Kennedy y los otros jueces de la Corte que concurren con su voto a darle la mayoría establecen una postura clara y firme de que la Constitución de EE.UU. protege la elección moral y sexual de personas del mismo sexo a unirse en matrimonio.
Quizás Alvarado y Henríquez no estén familiarizados con la doctrina de la "incorporación" mediante la cual la Corte Suprema en los años 20 hizo aplicable la Bill of Rights a los estados, de manera tal que si la Constitución de los Estados Unidos les reconoce protección a la elección sexual y moral de unirse en matrimonio a personas del mismo sexo, entonces los intentos legislativos estatales por prohibir dichas uniones debieran ser declarados inconstitucionales.
Francisco Cox Vial
Abogado y Profesor de Derecho Universidad de Valparaíso
Tienen razón Alvarado y Henríquez cuando dicen que la Corte entrega la definición de matrimonio a los estados y no al gobierno federal como lo hacía la ley DOMA. Sin embargo, concluir que los estados podrán definir el matrimonio de una forma que excluya a uniones entre personas del mismo sexo es no comprender el alcance del siguiente párrafo de la sentencia, redactado por el juez Kennedy, no particularmente liberal y muchas veces el voto "balancín" de la Corte: "DOMA corroe el significado, tanto público como privado, de matrimonios igualitarios reconocidos por los estados, pues les dice a esas parejas, y a todo el mundo, que aquellas uniones, válidas en otras circunstancias, no son dignas de reconocimiento federal. Ello coloca a las parejas del mismo sexo en una situación de inestabilidad por estar en matrimonios de segunda clase. Esa diferenciación degrada a las parejas -y aquí viene lo importante-, cuya elección moral y sexual la Constitución protege". El párrafo sigue con una frase de una sensibilidad y belleza que debiera ser capaz de conmover a los detractores del matrimonio igualitario: "La diferenciación de DOMA humilla a decenas de miles de niños que están siendo criados por parejas del mismo sexo. La ley cuestionada les hace más difícil entender a los niños la integridad y cercanía de sus propias familias y su relación con otras familias en la comunidad y en su vida diaria".
No cabe duda de que Kennedy y los otros jueces de la Corte que concurren con su voto a darle la mayoría establecen una postura clara y firme de que la Constitución de EE.UU. protege la elección moral y sexual de personas del mismo sexo a unirse en matrimonio.
Quizás Alvarado y Henríquez no estén familiarizados con la doctrina de la "incorporación" mediante la cual la Corte Suprema en los años 20 hizo aplicable la Bill of Rights a los estados, de manera tal que si la Constitución de los Estados Unidos les reconoce protección a la elección sexual y moral de unirse en matrimonio a personas del mismo sexo, entonces los intentos legislativos estatales por prohibir dichas uniones debieran ser declarados inconstitucionales.
Francisco Cox Vial
Abogado y Profesor de Derecho Universidad de Valparaíso
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