martes, 9 de agosto de 2011

Sentencia de Ministra de Corte de Apelaciones de Santiago 8 de Noviembre de 2010

Esta sentencia, en una causa de fuero, es de gran interés por varias razones.
Hay un razonado análisis de las razones en que puede fundarse la inhabilidad de una madre para ejercer el cuidado personal de sus hijos. A diferencia de muchos fallos que tienden a una recepción acrítica de informes periciales (que no suelen cumplir, como hemos sostenido antes, con los requisitos del art. 45 de la Ley Nº 19.968), la ministra sentenciadora somete a un exigente escrutinio diversos dichos de profesionales de la salud y de la red Sename para sopesarlos adecuadamente y extraer de éstos, la información a la que le asignará valor, y ofrece razones para esta elección. Es poco frecuente un ejercicio de motivación de sentencias tan detallado y bien estructurado.
Otro elemento valioso, en mi opinión, reside en la capacidad del tribunal, para no entrar en cierto conventilleo laberíntico que arma una de las partes para descalificar a la otra. Muy limpiamente escoge y explica por qué, buena parte de lo que dice el demandante, no tiene nada que ver con lo que solicita.
Un tercer aspecto a valorar positivamente lo constituye la valoración que hace la sentenciadora de la opinión de la consejera técnica. Ni la ley (ni su historia fidedigna), ni los autoacordados, ni manuales ni instructivo alguno, han sido capaces de abordar con una mínima claridad en qué ha de consistir la cooperación que debe prestar el consejo técnico. La práctica ha engendrado heterogéneas funciones y roles, no siempre en línea con las altas expectativas con que se armó esta institución. El fallo, en el considerando 26, explicita la opinión de la consejera, su posición ante la cuestión debatida, las razones técnicas que la fundan, y luego, es posible observar el peso que ha tenido esta opinión en la decisión del tribunal. No conozco una sentencia que exhiba este nivel de claridad sobre el aporte insustituible que puede hacer el conocimiento experto de un profesional delas ciencias sociales como apoyo de una decisión jurisdiccional. No es raro que con posterioridad a este caso, la Corte le haya encargado a la ministra González uno de los casos más polémicos del momento. A la luz de este fallo es posible apreciar sus dotes de jurista. Sentencia de Ministra de Corte de Apelaciones de Santiago 8 de Noviembre de 2010

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