lunes, 15 de septiembre de 2008

Entran a regir cambios a la Justicia de Familia

Con sorpresas se encontrarán quienes acudan hoy a los distintos juzgados de familia del país: sus demandas deberán ser presentadas por escrito y contar con la asistencia obligatoria de un abogado, salvo en el caso de las denuncias que requieran medidas de protección (como violencia intrafamiliar).

Ello, porque tras una larga tramitación de casi dos años en el Congreso y luego de haber pasado por el Tribunal Constitucional, comienza a regir -con su publicación en el Diario Oficial- la ley Nº 20.286, que refuerza y mejora la justicia de familia, que desde su inicio, en octubre de 2005, mostró su incapacidad para atender el gran número de causas ingresadas.

Pero a pesar de que las autoridades han prometido que las mejorías se irán notando gradualmente con la incorporación de 95 nuevos jueces y 640 funcionarios, hay inquietud sobre cómo funcionarán algunas de las innovaciones, y en particular en lo referido a si las corporaciones de asistencia judicial tendrán la capacidad de brindar atención a todas las personas que requieran de un abogado sin costo.

Instructivo supremo

Para evitar un nuevo colapso, la Corte Suprema entregó el viernes pasado un instructivo con tres criterios a tener en cuenta por los jueces de familia. El primero los autoriza a permitir la comparecencia personal, sin asistencia de abogado, en juicios iniciados antes de la vigencia de la modificación legal.

En segundo lugar, podrán autorizar la presentación de órdenes de arresto por incumplimiento de pensiones alimenticias sin asistencia letrada (abogado), y tercero, en el caso de las demandas e ingresos nuevos, las personas deberán estar patrocinadas por un abogado; y en caso de que no tenga uno, se les deberá informar dónde acudir.

El ministro de Justicia, Carlos Maldonado, dijo que la nueva ley contiene modificaciones orgánicas y de procedimiento. Entre los primeros mencionó el aumento en el número de jueces, que pasan de 258 a 353, y de funcionarios, de 1.067 a 1.707 en todo el país. Asimismo, se refuerzan los juzgados de letras con competencia en familia en las comunas más pequeñas.

Otros cambios dicen relación con la creación de unidades de cumplimiento o de ejecución para cada tribunal, encargadas de hacer cumplir las resoluciones judiciales. Un efecto práctico será evitar que una sentencia quebrantada (no cumplir con el pago mensual de una pensión) reingrese como una nueva demanda al tribunal. También se crean las unidades de "servicios" y de "causas", para mejorar el funcionamiento administrativo del tribunal y el seguimiento de los casos.

Entre los mejoramientos de procedimientos está el establecer "filtros" para declarar la admisibilidad de denuncias, demandas y requerimientos, a cargo de un juez, pues muchas veces las personas llegan al tribunal sin tener claridad sobre lo que quieren hacer.

Monitoreo

El ministro de la Corte Suprema Héctor Carreño, a cargo de la Unidad de Apoyo para la Reforma de Familia, explicó que los cambios en la ley eran necesarios, porque antes sin abogados que tramitaran las causas también existían problemas.

"El sistema como estaba -en que las partes podían comparecer por sí solas- está comprobado categóricamente que no funcionó", dijo al ser consultado por las críticas que ya despertaron los nuevos cambios.

El magistrado aseguró que "la gente puede estar tranquila", porque están monitoreando el tema, y por eso crearon un instructivo para evitar colapsos hoy.

No hay comentarios: