miércoles, 26 de enero de 2011

Arturo Canalda, Defensor del Menor de Madrid en Seminario organizado por el Foro Chileno por los Derechos de la Infancia y la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile

Con el patrocinio de UNICEF, el Foro Chileno por los Derechos de la Infancia y la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile se realizó el Seminario “El Defensor del Niño: un paso esencial en la protección de sus derechos. El caso de España”. El motivo del foro fue analizar y discutir la posibilidad de instaurar en Chile esta figura a nivel institucional y legal. El principal expositor de este seminario fue Arturo Canalda, Defensor del Menor en la Comunidad Autónoma de Madrid, quien llegó hasta el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile para relatar la experiencia española y aconsejar a los encargados de diversas instituciones nacionales en esta temática. La actividad contó con la participación de un panel de profesionales ligados a instituciones comprometidas con la defensa de los Derechos del Niño.

El defensor Canalda explicó, ante un centenar de asistentes, las obligaciones de su cargo como supervisar la actuación de las entidades tanto públicas como privadas que prestan servicios a la infancia y adolescencia. Además, debe recepcionar y tramitar las quejas sobre estos organismos, así como informar y orientar sobre los derechos y deberes de los niños y niñas. También posee la competencia de proponer reformas de procedimiento o leyes ante el Parlamento. Ante el Poder Legislativo debe comparecer una vez al año para dar a conocer los avances, aunque puede ser citado más de una vez al año en caso de ser requerido.

El Foro agrupa a distintas y prestigiosas instituciones que trabajan en infancia, a saber: Corporación Opción, Fundación Hogar de Cristo, Fundación Mi Casa, Aldeas infantiles SOS Chile y ONG Paicabí.

Esta es la presentación que expuso y más abajo pueden revisar la Ley española que organiza el Defensor.

Si alguien desea profundizar en el tema, dejo el link al excelente artículo de Miguel Cillero, "Defensorías de la Infancia. Experiencia Internacional" en la revista Justicia y Derechos del Niño.


Ley Defenso Del Menor CAM

martes, 25 de enero de 2011

Unicef y Corte Suprema lideran reunión para instalar salas Gesell que faciliten procesos en Tribunal de Familia de Melipilla

Con el objetivo de continuar con el progreso del último tiempo en los Tribunales de Familia, el Representante de UNICEF en Chile, Gary Stahl y el Ministro de la Corte Suprema, Héctor Carreño, lideraron la primera reunión informativa para la instalación de una Cámara Gesell, que permitirá registrar las entrevistas a menores que se realicen en el Tribunal de Familia de la comuna Melipilla.

La reunión, que se realizó en UNICEF, contó con la asistencia de funcionarios y profesionales vinculados al Poder Judicial y representantes de contrapartes ligadas a la protección de los niños, como la Dirección de Protección Policial de la Familia y del Departamento Policial de Menores de Carabineros de Chile, el Servicio Nacional de Menores (SENAME), el Centro de Asistencia a Víctimas de Atentados Sexuales (CAVAS) de la Policía de Investigaciones, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) de Melipilla, entre otras.

La Cámara Gesell es una habitación dividida en dos ambientes separados por un cristal de visión unilateral. Esto permite una visión unidireccional, que facilita el desarrollo natural de la actividad que se observa. Este modelo de habitación, creado por el psicólogo estadounidense Arnold Gesell, permite acortar las instancias de declaración por medio de la grabación de las cámaras. Este material no pasa por ningún tipo de edición que conlleve a la manipulación o filtración de la información obtenida.

Melipilla será la primera comuna de Chile en donde se instalará una de este tipo en un Tribunal de Familia. Para fines judiciales, sólo la 48 Comisaría de la Familia de Carabineros y la Policía de Investigaciones contaban con esta infraestructura. La cámara, entre otros beneficios, permite evitar la victimización secundaria que sufren los niños, niñas y adolescentes que se ven involucrados en procesos judiciales por casos de abusos y maltratos, en lo que son sometidos a reiterados interrogatorios.

En ese sentido, la especialista en Maltrato Infantil de UNICEF, Soledad Larraín hizo hincapié en que la “importancia de instalar esos dispositivos radica en el respeto al derecho de privacidad que tenemos todos los seres humanos. Específicamente en los niños, este dispositivo considera su derecho a ser escuchados y darle prioridad a lo que ellos les sucede”

El ministro Héctor Carreño calificó estos avances como “satisfactorios”. “En 2008, los Tribunales de Familia estaban en situación de crisis y colapso. Hoy podemos decir que ese panorama en Santiago está prácticamente superado. El apoyo de las instituciones presentes y la ayuda invaluable de UNICEF han permitido solucionar los problemas de gestión que existían”, dijo el miembro de la Corte Suprema.

UNICEF por su parte, expuso sobre las características que deben acompañar técnicamente el proceso de instalación de la cámara. El Representante, Gary Stahl declaró que “de ser necesario, UNICEF está totalmente dispuesto a acordar formalmente un acuerdo de trabajo en el apoyo formativo de las personas que están involucradas en el proceso judicial con personas menores de edad”.

De esta forma, quedó compuesta la mesa de trabajo que tiene la misión de elaborar una guía de utilización de la Cámara Gesell para la realización de la entrevista al niño o niña, actividad en la que participarán representantes de todas las instituciones. El equipo a cargo del proyecto trabajará durante seis meses para alcanzar estas metas

Fuente: www.unicef.cl

La práctica pericial psicológica en los juzgados de familia, por José Mecerreyes Jiménez, psicólogo de los Juzgados de Familia de Madrid

En este artículo, publicado en la prestigiosa revista española Papeles del Psicólogo, en un número del año 1999 ya clásico sobre Peritajes e Informes Psicológicos, José Mecerreyes Jiménez, psicólogo de los Juzgados de Familia de Madrid, presenta en primer lugar de modo general el marco donde tiene lugar la intervención pericial psicológica, los tipos de procedimientos donde más frecuentemente se solicita, y las funciones del psicólogo forense dentro del contexto de los Juzgados de Familia. A continuación se expone un esquema genérico de evaluación, por una parte, para aquellos casos que versan sobre guarda y custodia y regímenes de visitas, y por otra, para aquellos relacionados con procedimientos de protección de menores. Se remarca la inexistencia de medidas precisas para la toma de decisiones y la utilización de una metodología basada en indicadores psicosociales, los cuales son analizados dentro de un contexto y de manera relativa.




La práctica pericial psicológica en los juzgados de familia

jueves, 20 de enero de 2011

Comentario de Fabiola Lathrop a un fallo sobre cuidado compartido

La destacada profesora de la U. de Chile y de la U. Finis Terrae, Fabiola Lathrop comenta en este artículo un fallo el 4° Juzgado e familia de Santiago que presenta varias singularidades. Por un lado, la jueza Adriana Celedón resuelve otorgando el cuidado compartido del hijo a ambos padres. El primer problema es que ninguno de los dos padres le había pedido eso. El segundo, como es sabio, es que nuestra legislación no contempla, esa figura en nuestro derecho positivo. De hecho, existe un proyecto de ley en trámite legislativo, en esa dirección.
Una tercera singularidad es que el padre demandante es dirigente de uno de los colectivos de padres que han procurado visibilizar lo que percibe como una práctica arbitrariamente discriminadora de parte del sistema de justicia. Comparto la preocupación de ellos por la afectación del principio de igualdad ante la ley, respecto de ellos, pero, incluso más importante, por la vulneración del principio del interés superior de los hijos que conlleva una lectura que ignore ese principio o lo relegue a un nivel secundario. Todo sea dicho, no comparto para nada ciertas prácticas que han utilizado algunos de estos grupos como las denuncias públicas de juezas y consejeras técnicas que no fallan en el sentido que les parece, o la exhibición pública de casos que conlleva o puede conllevar daños a sus hijos.

Los comentarios de la profesora Lathrop son, como siempre, muy bien argumentados y ofrece algunas consideraciones en torno al acuerdo de los progenitores como criterio determinante para establecer la custodia compartida.

CUSTODIA COMPARTIDA, ACUERDO DE LOS PADRES Y ESTABLECIMIENTO DE OFICIO: UN FALLO EN AUSENCIA DE LEY (CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO)Comentario de Fabiola Lathrop GómezRev. derecho (Valdivia) vol.23 no.2 Valdivia dic. 2010

Protección de derechos en Sename

martes, 11 de enero de 2011

La evolución del Programa de Coordinación de Tribunales (CCP)

El Programa de Coordinación de Tribunales (CCP, por Court Coordination Program) fue creado por la Oficina de Justicia de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia (OJJDP), del Departamento de Justicia de los EE.UU., en el 2005 para hacer frente a un desafío que muchos jueces, especialmente los de grandes jurisdicciones enfrentaban para asegurarse que los niños con múltiples necesidades recibieran el tratamiento y los servicios de agencias múltiples, apropiados. Aunque los jueces pueden ordenar los servicios apropiados para estos jóvenes, muy a menudo ellos no obtienen los servicios completos que necesitan debido a fallas en los proveedores de prestaciones de salud mental públicos y privados, servicios sociales, la comunicación y coordinación.
El CCP admite un coordinador del tribunal, que informa directamente al juez de menores (juez juvenil) y supervisa y coordina estos casos tan complejos de modo que los niños reciban los servicios completos que necesitan. Es un método muy apropiado de aprovechar la autoridad del juez para mejorar la calidad de la atención en la mayoría de las poblaciones en riesgo. Esto ha llevado a reducir los costos asociados con ubicaciones residenciales que se pudieron evitar.

El programa se basa en el exitoso modelo Wraparound Milwaukee, que establece que los servicios deben ser proporcionados a los niños en forma individual basado en las necesidades en lugar de "un enfoque único para todos". Las iniciativas Wraparound patrocinadas por los servicios sociales, educacionales y agencias de salud mental del estado (por ejemplo, como Wraparound Milwaukee y la Iniciativa de Alaska de la Juventud) han tenido un éxito importante en otorgar ubicación, tratamiento y servicios a los jóvenes que llegan al tribunal de menores (NMHA, 2004; Burns y Goldman, 1999). El plan de cada niño se centra en las áreas de necesidad de cada niño, tales como la asistencia escolar, el abuso de sustancias, la resolución de problemas familiares, u otras variables. El éxito del programa radica en la coordinación de los servicios y recursos de diferentes programas. Es un medio para "reactivar" este equipo coordinado con un enfoque basado en la prestación de servicios en las localidades en todo el país.


Entrevista en CNN Chile a Angélica Marín, Jefa de protección de derechos del Sename

viernes, 7 de enero de 2011

Corte de Apelaciones de Talca dicta tibio fallo contra cómplices de Paul Schaffer

No es lo que solicitaban los representantes de las víctimas, Hernán Fernández y el Sename.
Apenas estudié el fallo realizaré mayores comentarios.

"La Corte de Apelaciones de Talca dictó sentencia de segunda instancia en la serie de investigaciones por abusos sexuales cometidos al interior de la denominada ex Colonia Dignidad y que investigó en primera instancia el ministro en visita Hernán González García.
En fallos divididos los ministros Rodrigo Biel, Olga Morales y el abogado integrante Eduardo del Campo dictaron sentencias en los tres procesos que se derivaron de la causa y que se refieren a sentencias dictadas los años 2004, 2007 y 2009 y que completan un total de 26 condenados.
Respecto del primer proceso (rol 28-2005) se confirmó la sentencia del 16 de noviembre de 2004 del ministro González en contra de las personas que se individuliza y por los delitos que se detallan:
1- Harmutt Hopp Miottel. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios
2- Gerd Seewald Lefevre. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios
3- Gerarhard Mücke Koskitszcke. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios.
4- Kurt Schnellenkamp Nelaismisckies. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales de entre 1993 y 1997. Sin beneficios.
5- Gunter Schaffrik Bruckmann. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios.
6- Denys Alvear Henríquez. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios
7- Uwe Collen Gert. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios
8- Olalia Vera Gutiérrez. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios.
9- Rudolf Collen Franzkowsky. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios.
10- Wolfang Müller Altevogt. 5 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios.
11- Alfred Gerlach Schritt. 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
12- Hugo Hidalgo Diaz. 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
13- Wolfang Zeitner Bohnau. 819 dás de presidio por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
14- Edith Malessa Boll. 541días de presidio por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
15- Abelino González Valverde. 541días de presidio por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
16- José Briones Mellado. 541días de presidio por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
17- Reitner Zeitner Bonhau. 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1993 y 1997. Sin beneficios.
18- Pedro Salvo Bahamondez. 3 años de presidio por su responsabilidad como encubridor de la víctima A.R.S.F. Se concedió el beneficio de la remisión condiconal.
19- Diego Soto Marmolejo. 819 días por su responsabilidad como encubridor de la víctima A.R.S.F. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
20- Elizabeth Urrea Apablaza. 541 días de presidio su responsabilidad como encubridor de la víctima A.R.S.F. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
21- Wolfang Scheuber Hildebrandt. 819 días de presidio su responsabilidad como encubridor de la víctima A.R.S.F. Se concedió el beneficio de la remisión condiconal.
22- Víctor Arriagada Marmolejo. 541 días de presidio su responsabilidad como encubridor de la víctima A.R.S.F. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
En este aspecto la decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Morales quien fue partidaria de acoger los recursos de casación presentado por la defensa de los condenados y las apelaciones de los mismos.
En tanto en el proceso rol 189-2007 y que se refiere a la sentencia dictada el 6 de septiembre de 2007 por el ministro González se determinó lo siguiente:
1- Rebeca Schaefer Schneider. Absuelta del cargo de encubridor de abusos sexuales entre 1996 y 2005
2- Peter Schmidt Spinti. 3 años de presidio por su responsabilidad como encubridor del 26 casos de abusos sexuales de menores. Sin beneficios.
Esta decisión se adoptó con el voto en contra del abogado Del Campo que estuvo por condenar a Rebeca Schaefer. Asimismo la ministra Morales fue partidaria de otorgar el beneficio de la remisión condicional a Schmidt.
Finalmente en la causa rol 132-2009 referida a la sentencia dictada el 22 de julio de 2009 por el ministro González se determinó lo siguiente:
1- Friedhelm Zeitner Bohnau. 819 días de presido por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1996 y 2005. Sin beneficios.
2- Matthias Gerlach Mascke. 819 días de presido por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1996 y 2005. Sin beneficios.
3- Renate Frietag Hartmann .541 días de presido por su responsabilidad como encubridor de abusos sexuales entre 1996 y 2005. Sin beneficios.
En este caso se adoptó con el voto en contra de la ministra Morales que estuvo por conceder los beneficios de remisión condicional.
En todas las sentencias se ratificaron las condenas de indemnizaciones de prejuicios a cada una de las víctimas.
Asimismo por resoluciones 209- 2006 y 23-2010 se aprobó el sobreseimiento por muerte dictado a favor de Paul Schaefer Schneider y que había sido condenado a 20 años de presidio por su responsabilidad como autor de abusos sexuales de 26 víctimas."

Fuente: poderjudicial.cl

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Gentileza de psinfantil.blogspot.com